Que crean y regul. entidad. publicas>Entidades Descentralizadas>Banco Central del Paraguay

Decreto-Ley Nº 18/52 - 25/03/52

Que crea el Banco Central del Paraguay.

 

Resolución Nº 3/88 - 05/04/88

Centro Único de Trámites para las Exportaciones.

 

Ley Nº 73/90 - 08/11/90

Que modifica el articulo 63º del Decreto-Ley Nº 18/52, "Que crea el Banco Central del Paraguay".

 

Decreto-Ley Nº 37/92 - 31/03/92

Que introduce modificaciones en la Ley Nº 76/90 "Que modifica el articulo 63 del decreto Ley Nº 18/52, que crea el Banco Central del Paraguay".

 

Decreto-Ley Nº 38/92 - 31/03/92

Que modifica los artículos 78 y 79 del Decreto-Ley Nº 18/52 "Que crea el Banco Central del Paraguay".

 

Ley Nº 65/92 - 30/10/92

Que aprueba con modificaciones el Decreto-Ley Nº 38 del 31 de marzo de 1992, que modifica los artículos 78 y 79 del Decreto-Ley Nº 18/52, "Que crea el Banco Central del Paraguay".

 

Ley Nº 116/92 - 11/01/93

Que aprueba, con modificaciones, el Decreto-Ley Nº 37 del fecha 31 de marzo de 1992, que introduce modificaciones en la Ley Nº 76/90, modificatorio del articulo 63 del Decreto-Ley Nº 18/52, "Que crea el Banco Central del Paraguay.

 

Ley Nº 489/95 - 29/06/95

Orgánica del Banco Central del Paraguay.

 

Decreto Nº 21.292/03 - 10/06/03

Por el cual se autoriza al Banco Central del Paraguay a recibir en dación en pago de sus acreencias quirografarias reconocidas en la quiebra del Banco Nacional de Trabajadores, los derechos y acciones de los créditos concedidos por dicha entidad bancaria a los adjudicatarios afectados por las Leyes Nº 1741/01 y 2026/02.

 

Decreto Nº 21.290/03 - 10/06/03

Por el cual se dispone que todas las recaudaciones de la Dirección General de Recaudación, dependiente de la subsecretaría de estado de tributación del Ministerio de Hacienda, en el territorio de la república, con excepción de la que se efectúa a través de la red bancaria, sean depositadas directamente en el Banco Central del Paraguay a partir del 9 de junio de 2003.

 

Decreto Nº 21.551/03 - 04/07/03

Por el cual se ordena que las operaciones bancarias internacionales de los organismos y entidades de la administración central y entidades descentralizadas, sean realizadas exclusivamente con el Banco Central del Paraguay.