RESOLUCIÓN Nº 458/05 POR LA CUAL SE AMPLIA EL PLAZO DE
CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN LAS RESOLUCIÓN Nros.
199/05 Y 260/05 Asunción, 23 de junio de 2.005
VISTO: La Ley Nº 125/91
"Que establece la reforma tributaria", texto actualizado
Ley Nº 2.421/04 "De
reordenamiento administrativo y de adecuación fiscal" los Decretos Nrs
2.939/04 y
5.069/05 y las
Resoluciones Nros 199/05 y
260/05, las presentaciones
efectuadas por los distintos sectores afectados; y;
CONSIDERANDO: Que atento a los distintos
planteamientos efectuados por los sectores afectados, en cuanto a la
ampliación del plazo para la presentación de sus declaraciones juradas,
asi como la inscripción y actualización, principalmente de las entidades
civiles que de su propia constitución surgen como "Sin fines de lucro",
es conveniente ampliar el plazo previsto en las resoluciones mencionadas
en el visto precedente, a fin de facilitar el cumplimiento de sus
obligaciones formales Que el presente acto
administrativo se dicta en virtud de la facultad que le confiere la
Ley Nº 125/91.
EL
VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1º.- AMPLIAR el plazo de cumplimiento de las obligaciones
contenidas en las Resoluciones Nrs
199/05 "POR LA CUAL SE
ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIONES JURADAS MENSUALES POR
PARTE DE LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) QUE
REALIZAN EXCLUSIVAMENTE OPERACIONES EXONERADAS" - articulo 4º y
260/05 "POR LA CUAL SE
IMPLEMENTA UN MECANISMO UNIFORME PARA LA ENTIDADES CIVILES QUE DE SU
PROPIO TEXTO CONSTITUTIVO SURGEN COMO "SIN FINES DE LUCRO" -
articulo 4º , al 31 de octubre 2.005
Artículo 2º.-
Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.
ANDREAS NEUFELD TOEWA
VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN |