DECRETO Nº 20.887/03
POR EL CUAL SE PRORROGA EL PLAZO DE VIGENCIA PREVISTO EN EL
ARTICULO 3° DEL DECRETO N° 14.442/2001, “POR EL CUAL SE MODIFICA
TEMPORALMENTE LA TASA DE INTERÉS O RECARGO MORATORIO ESTABLECIDO EN EL SEGUNDO
PÁRRAFO DEL ARTICULO 2° DEL DECRETO N° 13.947/92 Y SU MODIFICACIÓN, EL
ARTICULO 3° DEL DECRETO N° 15.660/92, Y SE ESTABLECE UN RÉGIMEN TRANSITORIO
DE APLICACIÓN DE LA SANCIÓN POR CONTRAVENCIÓN”.-
Asunción,
21 de Abril de 2003
VISTO:
Lo dispuesto en el Articulo
171° de la Ley N° 125/91 y el
Decreto N° 14.442
de fecha 29 de agosto de 2001 (Exp. M.H. N° 5383/2003); y
CONSIDERANDO:
Que la administración tributaria ha recibido de los contribuyentes
innumerables pedidos de prorroga del
Decreto N°
19.883/2002, considerando que no han podido regularizar en su totalidad sus
obligaciones tributarias antes el fisco, dada la difícil situación económica
y financiera que afecta a los mismos.
Que
el tercer párrafo del articulo
171° de la Ley N° 125/91, faculta al Poder Ejecutivo a fijar un recargo o
interés mensual a calcularse día a día.
Que
la experiencia recogida ha demostrado que el citado beneficio ha permitido un
considerable aumento en la recaudación, según informe de la Dirección General
de Recaudación.
Que
la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido favorablemente
en los términos del dictamen N° 469 del 7 de abril del corriente año.
POR
TANTO, en ejercicio de sus facultades constitucionales;
EL
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art.
1°.- Prorrogase hasta el 30 de junio de 2003 el plazo previsto de vigencia
en el
Articulo 3° del Decreto N° 14.442 de
fecha 29 de agosto de 2001, para la presentación y pago de los tributos
adeudados al 31 de octubre de 2002.
Art.
2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de
Hacienda.
Art.
3°.- Comuníquese, publíquese y desde al Registro Oficial.
LUIS
A. GONZÁLEZ MACCHI
ALCIDES
JIMÉNEZ Q. |