LEY Nº 133/93
QUE ACTUALIZA LAS TASAS Y LOS ARANCELES
ESTABLECIDOS EN EL
DECRETO-LEY Nº 46, DEL ARANCEL CONSULAR, DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 1972.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON
FUERZA DE
LEY:
Art. 1o. - Modifícase el
Decreto-Ley Nº
46, "Del Arancel Consular", del 11 de febrero de 1972, estableciendo
un aumento del 50% (cincuenta por ciento) de todas las tasas y los aranceles en
el contemplados, con la sola excepción de los dispuestos en materia de
pasaportes consulares.
Art. 2o. - Modifícase el Art. 14 del
Decreto-Ley No. 46/72, Del Arancel consular, de modo a establecer una retención
de los ingresos consulares a favor de los Jefes de las Oficinas Consulares de la
República, con el objeto de afrontar los gastos de operación y mantenimiento
de las oficinas a su cargo. El Ministerio de Relaciones Exteriores reglamentará
el porcentaje de retención según el costo de vida de cada país, el que en
ningún caso podrá exceder del 30% (Treinta por Ciento).
Art. 3o. - Derógase el Art. 9o. del
Decreto-Ley No. 46 del 11 de febrero de 1972 que establece la Factura Consular.
Art. 4o. - El Poder Ejecutivo
establecerá un mecanismo estricto de rendición de cuenta mensual sobre los
gastos incurridos con estos ingresos, bajo en control conjunto del Ministerio de
Relaciones Exteriores y del Ministerio de Hacienda.
Art. 5o. - Disponer el ingreso
mensual de las sumas excedentes a la Dirección General del Tesoro.
Art. 6o. - Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a los diez días del mes de diciembre
del año un mil novecientos noventa y dos, y por la H. Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, a cuatro días del mes de marzo del año un mil
novecientos noventa y tres.
José A. Moreno Ruffinelli
Presidente
H. Cámara de Diputados
Gustavo Díaz de Vivar
Presidente
H. Cámara de Senadores
Nelson Argaña
Secretario Parlamentario
Julio Rolando Elizeche
Secretario Parlamentario
Asunción, 8 de marzo de 1993.-
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Alexis
Frutos Vaesken
Ministro de Relaciones Exteriores
Juan José Díaz Pérez
Ministro de Hacienda
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