RESOLUCIÓN Nº 64/92
POR LA CUAL SE MODIFICA EL ART 2º DE LA RESOLUCIÓN Nº 33 DEL 14 DE
MAYO DE 1992, QUE REGLAMENTA DIVERSOS ASPECTOS VINCULADOS CON LA APLICACIÓN DEL IMPUESTO
AL VALOR AGREGADO.
Asunción, 13 de Julio de 1992.
VISTO: El Art. 77°
de la Ley Nº 125/91 que establece el Impuesto al Valor Agregado; el Decreto Nº 13.424/92 que lo reglamenta y el Decreto Nº 14.215/92 que le introduce
modificaciones; y
CONSIDERANDO: Que es necesario modificar el Art. 2º de la Resolución Nº 33/92, de acuerdo con lo
establecido en el Decreto N° 14.215/92,que
modifica el Art. 30° del Decreto Reglamentario del Impuesto al Valor Agregado,
POR TANTO,
EL SUB SECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:
Articulo 1º.-
MODIFICASE EL
ART. 2º DE LA RESOLUCIÓN Nº 33/92,
el que queda redactado de la siguiente forma:
"Articulo 2º.- No discriminación del IVA. Quienes realicen
actividades en que las operaciones son al detalle, podrán expedir comprobantes de venta
con IVA incluido, de acuerdo con lo dispuesto por el
Art. 30° del Decreto Nº 13.424/92,
modificado por el Decreto Nº 14.215/92,
debiendo cumplir con todas las formalidades y exigencias que a tales efectos se
establecen".
Articulo 2º.- Comuníquese, a quienes corresponda y cumplido
archívese.
Dr. Rubén Ramón Lovera
Sub Secretario de Estado de Tributación
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