DECRETO N� 20.887/03
POR EL CUAL SE PRORROGA EL PLAZO DE VIGENCIA PREVISTO EN EL
ARTICULO 3� DEL DECRETO N� 14.442/2001, “POR EL CUAL SE MODIFICA
TEMPORALMENTE LA TASA DE INTER�S O RECARGO MORATORIO ESTABLECIDO EN EL SEGUNDO
P�RRAFO DEL ARTICULO 2� DEL DECRETO N� 13.947/92 Y SU MODIFICACI�N, EL
ARTICULO 3� DEL DECRETO N� 15.660/92, Y SE ESTABLECE UN R�GIMEN TRANSITORIO
DE APLICACI�N DE LA SANCI�N POR CONTRAVENCI�N”.-
Asunci�n,
21 de Abril de 2003
VISTO:
Lo dispuesto en el Articulo
171� de la Ley N� 125/91 y el
Decreto N� 14.442
de fecha 29 de agosto de 2001 (Exp. M.H. N� 5383/2003); y
CONSIDERANDO:
Que la administraci�n tributaria ha recibido de los contribuyentes
innumerables pedidos de prorroga del
Decreto N�
19.883/2002, considerando que no han podido regularizar en su totalidad sus
obligaciones tributarias antes el fisco, dada la dif�cil situaci�n econ�mica
y financiera que afecta a los mismos.
Que
el tercer p�rrafo del articulo
171� de la Ley N� 125/91, faculta al Poder Ejecutivo a fijar un recargo o
inter�s mensual a calcularse d�a a d�a.
Que
la experiencia recogida ha demostrado que el citado beneficio ha permitido un
considerable aumento en la recaudaci�n, seg�n informe de la Direcci�n General
de Recaudaci�n.
Que
la Abogac�a del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido favorablemente
en los t�rminos del dictamen N� 469 del 7 de abril del corriente a�o.
POR
TANTO, en ejercicio de sus facultades constitucionales;
EL
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art.
1�.- Prorrogase hasta el 30 de junio de 2003 el plazo previsto de vigencia
en el
Articulo 3� del Decreto N� 14.442 de
fecha 29 de agosto de 2001, para la presentaci�n y pago de los tributos
adeudados al 31 de octubre de 2002.
Art.
2�.- El presente Decreto ser� refrendado por el Se�or Ministro de
Hacienda.
Art.
3�.- Comun�quese, publ�quese y desde al Registro Oficial.
LUIS
A. GONZ�LEZ MACCHI
ALCIDES
JIM�NEZ Q. |