DECRETO N� 16.035/97
POR EL CUAL SE MODIFICA LA TASA DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO DE
COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETR�LEO APLICABLE SOBRE EL GAS OIL.
Asunci�n, 15 de enero de 1.997.
VISTO: Las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo en el art�culo 106 de la Ley 125/91, y
CONSIDERANDO: Que es deber del Gobierno Nacional implementar medidas
con el objetivo de cumplir con las metas previstas en su Programa Econ�mico,
POR TANTO,
EL PRESIDENTE DE LA REP�BLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art�culo 1�.-
Modificase el art�culo 1� del Decreto N�
12.277/96
del 31 de enero de 1.996, en lo referente a la tasa del Impuesto Selectivo al Consumo del
Gas Oil, la cual queda de la siguiente forma:
- Gas oil, 5,50% (cinco punto cincuenta por ciento), permaneciendo inalteradas las
dem�s tasas.
Art�culo 2�.- Comun�quese, publ�quese y d�se al Registro Oficial.
Juan Carlos Wasmosy
Carlos A. Facetti M.
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