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RESOLUCIÓN Nº 64/92

 POR LA CUAL SE MODIFICA EL ART 2º DE LA RESOLUCIÓN Nº 33 DEL 14 DE MAYO DE 1992, QUE REGLAMENTA DIVERSOS ASPECTOS VINCULADOS CON LA APLICACIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

Asunción, 13 de Julio de 1992.

VISTO: El Art. 77° de la Ley Nº 125/91 que establece el Impuesto al Valor Agregado; el Decreto Nº 13.424/92 que lo reglamenta y el Decreto Nº 14.215/92 que le introduce modificaciones; y

CONSIDERANDO: Que es necesario modificar el Art. 2º de la Resolución Nº 33/92, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 14.215/92,que modifica el Art. 30° del Decreto Reglamentario del Impuesto al Valor Agregado,

POR TANTO,

EL SUB SECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN

RESUELVE:

Articulo 1º.- MODIFICASE EL ART. 2º DE LA RESOLUCIÓN  Nº 33/92, el que queda redactado de la siguiente forma:

Reglamenta Art. 85º Ley 125/91

"Articulo 2º.- No discriminación del IVA. Quienes realicen actividades en que las operaciones son al detalle, podrán expedir comprobantes de venta con IVA incluido, de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 30° del Decreto Nº 13.424/92, modificado por el Decreto Nº 14.215/92, debiendo cumplir con todas las formalidades y exigencias que a tales efectos se establecen".

Articulo 2º.- Comuníquese, a quienes corresponda y cumplido archívese.

Dr. Rubén Ramón Lovera

Sub Secretario de Estado de Tributación

 

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