LEY Nº
345/94
QUE MODIFICA EL ARTICULO 5 DE LA LEY Nº 294 DEL 31 DE DICIEMBRE DE1993,
EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN
PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Articulo 1º .- Modifícase el
articulo 5º de la Ley Nº 294 del 31 de diciembre
de 1993, "Evaluación de Impacto Ambiental", cuyo texto queda redactado como
sigue:
"Art. 5 º.- Toda evaluación de Impacto ambiental y sus relatorios, serán
presentados por su o sus responsables ante la Autoridad Administrativa junto con
el proyecto de obra o actividad y los demás requisitos que ésta determine".
Articulo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a veinte y un días del mes de abril del
año un mil novecientos noventa y cuatro, y por la H. Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, a veinte y cuatro días del mes de mayo del año un mil
novecientos noventa y cuatro.
Francisco José de Vargas Evelio
Fernández Arévalos
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
Paraguayo Cubas Colomes Julio
Rolando Elizeche
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 03 de junio de 1994.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese
en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Arsenio Vasconsellos
Ministro de Agricultura y Ganadería
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