RESOLUCIÓN Nº 75/93 POR LA QUE SE AUTORIZA AL PERSONAL
INTERVINIENTE EN EL OPERATIVO DE VERIFICACIONES DOMICILIARIA DEL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y TRIBUTO ÚNICO, A EFECTUAR INTIMACIONES Y
LABRAR ACTAS POR INFRACCIONES DETECTADAS Asunción,
15 de abril de 1993 VISTO:
Las Facultades otorgadas a la Administración Tributaria en los
Artículos 186 y 189 de la Ley Nº 125/91 y la Resolución M.H. Nº 244 del
12 de abril de 1993, por la que se autoriza a la Sub. Secretaria de
Estado de Tributación a realizar un operativo de control de inscripción,
disponibilidad de comprobantes de ventas y presentación y pago de
declaraciones juradas del impuesto al valor agregado y tributo único, y
CONSIDERANDO: La Necesidad de otorgar al personal de la Sub Secretaria
de Estado de Tributación que participa del operativo de control,
facultades que le permitan accionar sobre los contribuyentes ante los
incumplimientos detectados. POR TANTO EL SUB
SECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN RESUELVE
Art. 1º. - Autorizase a los coordinadotes supervisores y
verificadores, asignados al "Operativo de control de Inscripción,
disponibilidad de comprobantes de ventas y presentación y pago de
declaraciones juradas del impuesto al valor agregado y tributo Único".,
establecido por la resoluciones M.H. Nº 244/93, a efectuar intimaciones
y labrar actas cuando se detecten incumplimientos a las obligaciones
establecidas por las leyes 1352/88 y 125/91 y los decretos y
resoluciones que las reglamentan Art. 2º. - Publíquese,
comuníquese a quienes corresponda y cumplido archivarse. Dr. Rubén
Ramón Lovera Sub Secretario de Estado de Tributación |