LEY Nº 108/92
QUE CREA LA SECRETARIA NACIONAL ANTIDROGA (SENAD)
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:.
Artículo 1º.- Créase la Secretaría Nacional Antidroga
(SENAD), que coordinará las acciones entre los entes gubernamentales y
no gubernamentales que trabajan en programas de lucha contra el
narcotráfico y la drogadicción.
Artículo 2º.- La Secretaría mencionada en el Artículo
1º dependerá directamente de la Presidencia de la República y estará a
cargo de un Secretario Ejecutivo y un Secretario Adjunto, nombrados por
el Poder Ejecutivo.
Artículo 3º.- Modíficase el
Artículo 58 de la Ley Nº
1340/88 que queda redactado de la siguiente manera:. "A los efectos de
la aplicación de esta Ley, créase la Dirección Nacional de Narcóticos
(DINAR), dependiente de la Secretaría Nacional Antidroga (SENAD)".
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a veintiocho
días del mes de noviembre del año un mil novecientos noventa y uno y por
la H. Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a trece días del mes de
diciembre del año un mil novecientos noventa y uno.
José Antonio
Moreno Ruffinelli
Presidente H.
Cámara de
Diputados
Luis Guanes
Gondra
Secretario
Parlamentario
Gustavo Díaz de
Vivar
Presidente H.
Cámara de
Senadores
Artemio Vera
Secretario
Parlamentario
Asunción, 27 de
diciembre de 1991.
Téngase
por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Andrés Rodriguez
Presidente de la
República.
Orlando Machuca
Vargas
Ministro del
Interior.
María Cynthia
Prieto Conti
Ministra de Salud
Pública y Bienestar Social
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