PARTE I
DE LAS
DECLARACIONES FUNDAMENTALES, DE LOS DERECHOS, DE LOS DEBERES Y DE LAS GARANTÍAS
TITULO I
DE LAS DECLARACIONES FUNDAMENTALES
Artículo 1.- De la forma del Estado y de Gobierno
La República del Paraguay es para siempre libre
e independiente. Se constituye
en Estado social de derecho, unitario, indivisible, y descentralizado en la
forma que establecen esta Constitución y las leyes.
La República del Paraguay adopta para su gobierno la democracia representativa,
participativa y pluralista, fundada en el reconocimiento de la dignidad humana.
Artículo 2.- De la soberanía
En la República del Paraguay la soberanía reside en el pueblo, que la ejerce
conforme con lo dispuesto en esta Constitución.
Artículo 3.-Del Poder Público
El pueblo ejerce el Poder Público por medio del sufragio. El gobierno es
ejercido por los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial en un sistema de
independencia, equilibrio, coordinación y recíproco control. Ninguno de estos
poderes puede atribuirse, ni otorgar a otro ni a persona alguna individual o
colectiva, facultades extraordinarias o la suma del Poder Público.
La dictadura está fuera de la ley.
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