Morinigo & Asociados
Menu
  • Home
  • La Empresa
  • Informaciones útiles
  • Página Amigas
  • Contacto
Home>Informaciones útiles

Cronológico 2005

 

 

Ampliado en plazo de inscripción hasta el 15/12/05 por el Art.1 Resolución 927/05

 

RESOLUCIÓN Nº 744/05

 

"POR LA CUAL SE ESTABLECEN REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN COMO CONTRIBUYENTE DEL IMPUESTO A LA RENTA DE LAS ACTIVIDADES AGROPECUARIAS, DE LOS MIEMBROS O SOCIOS DE LAS COOPERATIVAS Y DEMÁS ENTIDADES QUE AGRUPAN PRODUCTORES AGROPECUARIOS CON LA CONSECUENTE DESAFECTACION PROPORCIONAL ESTAS ENTIDADES; ASI COMO DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN RADICACIÓN O SUCURSAL EN EL PAIS."

 

Asunción, 19 de agosto 2.005

 

VISTO: El articulo 186º de la Ley 125/91 "Que establece el nuevo Régimen Tributario", la Ley 1352/88 "Que establece el registro único de contribuyentes" y la Resolución SET Nº 449/05 "Por la cual se reglamenta diversos aspectos vinculados con el impuesto a la renta de las actividades Agropecuarias"; y,

 

CONSIDERANDO: Que la Administración Tributaria se encuentra facultada a dictar los actos necesarios para la aplicación, administración, percepción y fiscalización de los tributos.

 

Que es necesario establecer mecanismos que faciliten y aseguren la inscripción al IMAGRO de las personas físicas dedicadas a la producción agropecuaria que forman parte de entidades y de aquellas personas físicas extranjeras sin radicación en el país y jurídicas extranjeras sin sucursal en el país, propietarias de inmuebles rurales.

 

Que dichas entidades deben informar a la administración tributaria las superficies cedidas a sus socios y las destinadas para su propia explotación a  los fines de la efectiva aplicación del impuesto a las rentas de las actividades agropecuarias (IMAGRO)

 

POR LO TANTO

 

EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN

 

RESUELVE:

 

Art. 1º Las entidades que agrupan productores agropecuarios tales como; cooperativas, asociaciones, comisiones, juntas vecinales o similares que agremien a personas que usufructúan inmuebles rurales y desarrollan actividades como productores agropecuarios, deben comunicar a la administración tributaria las superficies cedidas a sus miembros o socios, a los efectos de desafectar dicha porción de la superficie declarada, conservando su calidad de contribuyentes del IMAGRO por el saldo no cedido y proceder a la inscripción de los socios o miembros en forma individual. A dicho efecto presentaran ante la Administración Tributaria una "Plantilla de cesión de inmuebles rurales" con carácter de declaración jurada, con firma  original del representante legal o convencional de la entidad, detallando:

  1. Nombre o Razón Social de la entidad informante y su identificador RUC;

  2. Numero de Padrón y Finca;

  3. Ubicación del inmueble: Región, departamento, Distrito;

  4. Numero de Documento de identidad, nombres y apellidos y fecha de nacimiento de los socios o miembros;

  5. Superficie en hectáreas cedida por la entidad

  6. Superficie Agrologicamente Útil (SAU)

  7. Indicador de productividad en el caso de realizar una explotación agropecuaria en inmuebles o campos comunitarios conforme a lo dispuesto en la Resolución Nº 449/05

  8. Firma de cada Socio o miembro.

Cuando una entidad posea mas de un inmueble identificado con distintos números de padrones y fincas, que dificulte la asignación especifica a socio o miembro, podrá optar por consignar con carácter general el numero de finca y padrón que resulte mas representativo o que constituya el asiento de su sede principal.

 

En los casos en que la cesión se efectué a personas que conforman una sociedad de hecho, condominio o similar, se consigna los datos personales del primero de los socios o miembros que figure en el documento de referencia y se agregara la expresión "y asociados" o condominio, según sea el caso.

 

A la plantilla deberá adjuntarse:

  • Copia de la declaración jurada IMAGRO del ultimo ejercicio fiscal de la entidad;

  • Copia de la cédula de identidad del representante legal o convencional firmante;

  • Copia de la cédula de identidad de cada uno de los socios o miembros;

  • La declaración Jurada Patrimonial y SAU (F. 857), debidamente llenados y firmados por cada uno de los socios o miembros, en los casos en que la superficie cedida a estos supere las 20 hectáreas en la región Oriental o 100 Hectáreas en la región Occidental de superficie agrológicamente Util (SAU).

La planilla y sus anexos deberán ser presentados en el Dpto. de Registro Único de Contribuyentes, dependiente de la Dirección de Apoyo o ante la Ofician Regional mas próxima a su domicilio. Los responsables de las entidades que hayan remitido las solicitudes podrán retirar todas las documentaciones, no siendo necesaria la autorización individual a dichos efectos.

 

Las personas (socios, miembros sociedades simples y condominios) inscriptas en los términos del presente articulo deberán comunicar cualquier cambio o modificación que se produzca dentro de los 30 días hábiles siguientes de producido el hecho, debiendo utilizar los formularios habilitados  por la administración con carácter general para tales efectos.

 

Se presume que la cesión, cualquiera sea la modalidad, se formaliza a partir del 1 de enero del corriente año, en razón de que la obligación tributaria de ejercicios anteriores se perfecciono en la figura de la entidad conforme a la modalidad de liquidación prevista en la normativa vigente a dicha fecha.

 

Art. 2º Para su inscripción en el registro Único de contribuyente (RUC) como contribuyente de IMAGRO, las personas físicas extranjeras sin radicación en el país y las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en el país propietarias en inmueble rurales, deberán cumplir  los siguientes requisitos

 

Personas Físicas

  • Formularios de Inscripción (F.400);

  • Formulario de declaración jurada patrimonial y SAU (F. 857);

  • Copia del Documento de Identidad del país de origen o Pasaporte;

  • Copia autentica de la escritura de Poder, con copia del documento de identidad del apoderado, en caso que el obligado no resida en el país;

  • Escritura de propiedad o documento que avale el hecho de ser contribuyente

Personas Jurídicas

  • Formulario de Inscripción (F.401);

  • Formulario de declaración Jurada Patrimonial y SAU (F. 857);

  • Copia autentica de la escritura de constitución en el país de origen;

  • Copia autentica de la escritura de Poder, con copia del documento de identidad del apoderado.

  • Escritura de propiedad o documento que avale el hecho de ser contribuyente.

Los formularios debidamente llenados y firmados y los documentos requeridos para cada caso, deberán ser presentados en el Dpto. de Registro Único de Contribuyente dependiente de la Dirección de Apoyo o ante la Oficina Regional mas próxima a su domicilio.

 

Este procedimiento será utilizado únicamente para la inscripción por la obligación de IMAGRO, no siendo valido para actividades comerciales, industriales o de servicios, para lo cual deberán ajustarse a las disposiciones vigentes.

 

En los casos arriba señalados, el apoderado o representante legal deberá contar con nacionalidad paraguaya y residir en el país

 

Art. 3º. Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar

 

ANDREAS NEUFELD TOEWS
Viceminnistro de Tributación

 

®2009-2013 Morinigo & Asociados. Valois Rivarola 807 c/Washington, Asunción-Paraguay.
Telefax: (+595 21) 220 011 - 226 467 |
email: recepcion@morinigoyasociados.com
Desarrollo: Armoa Soluciones Web
WebMail | StatCounter