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Derogado por el art�culo 5 del Decreto N� 18.260/02

DECRETO N� 16.438/97

 

POR EL CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE EL ANEXO 1 DEL DECRETO N� 12.056 DE FECHA 29 DE DICIEMBRE DE 1995.

 

 Asunci�n, 28 de Febrero de 1997.-

 

VISTO: El Tratado de Asunci�n, firmado el 26 de Marzo de 1991, para la Constituci�n de un Mercado Com�n entre la Rep�blica Argentina, la Rep�blica Federativa del Brasil, la Rep�blica del Paraguay y la Rep�blica Oriental del Uruguay;

 

La Ley N� 1095 de fecha 14 de Diciembre de 1984, “QUE ESTABLECE EL ARANCEL DE ADUANAS”;

 

El Decreto N� 15.512 del 22 de Noviembre de 1996, “POR EL CUAL SE MODIFICA EL DECRETO N� 12.056 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 1995”;

 

Las Decisiones N� 9/94 y N� 22/94 del Consejo del Mercado Com�n y las Resoluciones N�s 119/96 y 120/96 del Grupo Mercado Com�n (Expt. M.H. N� 5587/97); y

 

CONSIDERANDO: Que el Paraguay es Estado Parte del Mercado Com�n del Sur.

 

Que el inciso a) del Art�culo 10� de la Ley N� 1.095/84 faculta al Poder Ejecutivo a establecer y modificar los niveles de grav�menes aduaneros de las mercader�as de importaci�n.

 

Que resulta necesario adecuar las normas nacionales a las modificaciones establecidas por el Grupo Mercado Com�n en las Resoluciones precedentemente citadas.

 

Que la Abogac�a del Tesoro del Ministerio de Hacienda se expidi� en Dictamen N� 16 de fecha 7 de Enero de 1997.

 

POR TANTO:

 

EL PRESIDENTE DE LA REP�BLICA DEL PARAGUAY

 

DECRETA :

 

Art. 1�.- Modificase parcialmente el Anexo 1 del Decreto N� 12.056 de fecha 29 de Diciembre de 1995 conforme al Anexos que se adjunta y forma parte del presente Decreto.

 
Art. 2�.- El Ministerio de Hacienda a trav�s de sus organismos competentes, as� como las dem�s Reparticiones P�blicas vinculadas al tema referido en el Art�culo anterior, se encargar�n del cumplimiento de las disposiciones respectivas.

 

Art. 3�.- El presente Decreto ser� refrendado por los Ministros de Hacienda, Relaciones Exteriores, Industria y Comercio, Agricultura y Ganader�a y de Integraci�n.

 

Art. 4�.- Comun�quese, publ�quese y d�se al Registro Oficial.

Firmado por:

JUAN CARLOS WASMOSY

Carlos A. Facetti M.

Rub�n Melgarejo Lanzoni

Ubaldo Scavone

Juan A. Borgognon

Gustavo D�az de Vivar

 


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