DECRETO Nº 19.158/61
POR EL
CUAL SE AUTORIZA AL BANCO NACIONAL DE FOMENTO A INICIAR SUS OPERACIONES
Asunción, Noviembre 15 de 1961.
VISTO: la nota Nº 178 del Banco Nacional de Fomento
del 13 del corriente mes solicitando la autorización para iniciar sus
operaciones;
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 108 del
Decreto-Ley Nº 281/61, que crea dicha institución bancaria,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art. 1º Autorízase al Banco Nacional de Fomento a
iniciar sus operaciones el día 20 del corriente mes.
Art. 2º Comuníquese, publíquese y dése al R.
Oficial
Fdo.: Alfredo Stroessner
‘’ César Barrientos
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