RESOLUCIÓN Nº 135/04
POR LA CUAL SE DEROGA LA RESOLUCIÓN Nº 266 DE FECHA 03 DE JUNIO DE
2000, Y EL ARTÍCULO 5º DE LA RESOLUCIÓN Nº 81 DE FECHA 09 DE MARZO DE
2001.
Asunción, 25 de mayo de 2004
VISTO: La Resolución Nº 266 del 13 de junio de
2000 y el Artículo 5º de la Resolución Nº 81 del 9 de Marzo de 2001; y,
CONSIDERANDO: Que los adelantos tecnológicos en
el área de la informática, posibilitan a la Administración Tributaria la
utilización de la Red Internet para la provisión y difusión de
informaciones útiles para los contribuyentes e interesados.
Que, en tal sentido se ha procedido a la firma de un
acuerdo con el gremio afectado, en el cual se establece el intercambio
de información relacionado con la expedición de Certificados de
Cumplimiento Tributario y Constancias de No Ser Contribuyente, en virtud
del cual resulta necesario la derogación de las disposiciones citadas en
el visto precedente.
POR TANTO,
EL VICE MINISTRO DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º.- DEROGACIÓN - Derogar la Resolución Nº 266
de fecha 13 de junio de 2000 y el Articulo 5º de la Resolución Nº 81 de
fecha 9 de Marzo, de 2001, quedando sin efecto a partir de la vigencia
de la presente Resolución, el cumplimiento de la obligación formal de
presentar los informes mencionados en las Resoluciones citadas.
Art. 2º.- Los Contribuyentes afectados por la
Resolución Nº 266/00 y modificaciones, que no han procedido la
presentación de los citados informes en el tiempo y forma o que lo hayan
realizado fuera del plazo previsto para el efecto, deberán aplicar en
concepto de contravención guaraníes cincuenta mil (Gs. 50.000) por cada
período vencido.
Art. 3º.- Publicar, comunicar a quienes corresponda, y
cumplido archivar.
ANDREAS NEUFELD TOEWS
VICE MINISTRO DE TRIBUTACIÓN
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