RESOLUCIÓN N° 34/02
POR LA CUAL SE APRUEBAN LAS MODIFICACIONES DEL
REGLAMENTO DEL FONDO DE SERVICIOS UNIVERSALES.
Asunción, 07 de enero de 2002.
VISTOS: El Reglamento del Fondo de
Servicios Universales aprobado por Resolución de Directorio N°132/1999
de fecha 6 de mayo de 1999, y modificado por Resoluciones de Directorio
N° 495/2000 del 28 de julio de 2001 y N° 855/2000 del 01 de diciembre de
2000; la nota N° 04/2001 de la Comisión constituida por Resolución N°
046/2001 “…LLAMADAS DE EMERGENCIA….”; el Dictamen AJ N° 26/2002 del 04
de enero de 2002, presentado por la Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO: Que se ha firmado el
Convenio de Cooperación entre el Ministerio del Interior y la Comisión
Nacional de Telecomunicaciones, CONATEL, cuyo objeto es “Dotar a la
Policía Nacional de un sistema de atención y despacho de llamadas de
emergencias, a través de la provisión limitada y por única vez de los
bienes y servicios necesarios como la ingeniería, el equipamiento, el
software, la capacitación y garantía de funcionamiento en condiciones de
operación normal por el periodo de dos (2) años para lo cual la CONATEL
utilizará el Fondo de Servicios Universales.
Que para que la CONATEL pueda
otorgar subsidios en bienes y servicios, resulta necesario modificar el
Reglamento del Fondo de Servicios Universales y;
Que para el efecto el Directorio de
la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, CONATEL, se halla plenamente
facultado por la Ley N° 642/95 de Telecomunicaciones.
Que, la Asesoría Jurídica es de
parecer que resulta pertinente y viable la modificación propuesta por
la Comisión y en consecuencia, corresponde la inclusión en el apartado
“DISPOSICIONES FINALES” del Reglamento del Fondo de Servicios
Universales.
POR TANTO: El Directorio de
CONATEL, en sesión ordinaria del 07 de enero de 2002, Acta N° 01/2002, y
de conformidad a las disposiciones legales previstas en la Ley 642/95 de
Telecomunicaciones.
RESUELVE:
Art. 1° Aprobar la modificación del
Reglamento de Fondo de Servicios Universales vigente.
Art. 2° Publicar el Reglamento del
Fondo de Servicios Universales, que se anexa a la presente Resolución,
en la Gaceta Oficial.
Art. 3° Comunicar a quienes
corresponda y cumplido, archivar.
ING. VÍCTOR A. BOGADO G.
Presidente del Directorio
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