RESOLUCIÓN N° 1.505/02 POR LA CUAL SE APRUEBAN LAS
MODIFICACIONES AL PLAN NACIONAL DE ATRIBUCIÓN DE FRECUENCIAS DE LA
REPÚBLICA DEL PARAGUAY, ACTUALIZADO A LA FECHA 25 DE NOVIEMBRE DE 2002.
Asunción, 18 de diciembre 2002. VISTO: La
Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones del año 2000 (CMR-2000)
llevada a cabo en Estambul, Turquía; el Reglamento de
Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones
(UIT), edición del año 2001; el Interno N° 13/DIE/2002, de fecha 25 de
noviembre de 2002, del Departamento de Ingeniería del Espectro en el
cual se presenta el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias de la
República del Paraguay actualizado a las disposiciones adoptadas en la
CMR-2000 y a los cambios introducidos por CONATEL, resoluciones
mediante; la providencia de fecha 06.12.2002 correspondiente al informe
del Departamento de Ingeniería del Espectro, presentada por la Gerencia
de Radiocomunicaciones; la Resolución N° 110/98 de fecha 03.06.1998, por
la cual se aprueba el proyecto del Plan Nacional de Atribución de
Frecuencias que se halla en vigencia hasta la fecha.
CONSIDERANDO: Que, en la CMR-2000 fueron
introducidas modificaciones al Cuadro de Atribución de Bandas de
Frecuencias del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT.
Que, es necesario contar con un Plan Nacional de
Atribución de Frecuencias que esté actualizado a las decisiones
adoptadas en la CMR-2000.
Que, la CONATEL ha introducido cambios al Plan
Nacional de Atribución de Frecuencias de la República del Paraguay a fin
de adecuarlo a las necesidades nacionales y regionales.
POR TANTO: El Directorio de CONATEL, en sesión
ordinaria del 18 de diciembre de 2002, Acta N° 047/2002, y de
conformidad a las disposiciones legales previstas en la Ley N° 642/1995
de Telecomunicaciones, en sus disposiciones Reglamentarias aprobadas por
Decreto N° 14.135/96. RESUELVE: Art. 1°
APROBAR el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias de la República
del Paraguay que se adjunta y forma parte de esta Resolución,
actualizado a la fecha 25 de noviembre de 2002.
Art. 2° ESTABLECER que se podrán introducir cambios
al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias de la República del
Paraguay de manera a mantenerlo actualizado, en la medida que los
acuerdos internacionales, la evolución tecnológica o los nuevos
servicios emergentes así lo requieran.
Art. 3° ENCOMENDAR a la Gerencia de
Radiocomunicaciones los procedimientos que correspondan, a fin de
adecuarlos al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias.
Art. 4° PUBLICAR en la Gaceta Oficial, comunicar a
quienes corresponda y cumplido, archivar. ING. VÍCTOR A. BOGADO G.
Presidente del Directorio |