RESOLUCIÓN N° 267/01 POR LA CUAL SE RESERVA A NIVEL
NACIONAL LAS BANDAS DE FRECUENCIAS DESTINADAS A SERVICIOS FIJOS POR
SATÉLITE NO GEOESTACIONARIO (SFS NO OSG).
Asunción, 21 de marzo de 2001.
VISTO: El interno N° 034/2001 GII de la Gerencia Internacional e
Interinstitucional de fecha 8 de marzo de 2001;
CONSIDERANDO: Que, conforme a la Conferencia Mundial de
Radiocomunicaciones de la UIT-R, se ha designado a nivel internacional
las bandas de frecuencias destinadas para uso radioeléctrico de los
servicios fijo por satélite no geoestacionario. Que, conforme a la Comisión Federal de Comunicaciones de Norte América
Gerencia en informe DA 97-527 se ha autorizado. POR
TANTO: El Directorio de CONATEL, en sesión ordinaria del 21 de marzo de
2001, Acta N°012/2001, y de conformidad a las disposiciones legales
previstas en la Ley 642/95 de Telecomunicaciones; RESUELVE:
Art. 1° Reservar a nivel nacional las siguientes dos (2) bandas de
frecuencias, para uso radioeléctrico de los servicios Fijo por Satélite
no geoestacionario (SFS NO-OSG), "Las bandas asignadas para uso
radioeléctrico de los servicios Fijo por Satélite no geoestacionario (SFS
NO-OSG) son:
• Banda de Frecuencias Ascendente (Tierra - Espacio): 28,6 a 29,1 GHz.
• Banda de Frecuencias Descendente (Espacio - Tierra): 18,8 a 19,3 GHz"
Art. 2º Modificar la Nota PRG - 62 del Plan Nacional
de Atribución de Frecuencias de la siguiente forma: "En las bandas de 18
GHz el margen de frecuencias de 17,7 a 18,8 GHz y de 19,3 a 19,7 GHz se
aplicará para servicio fijo y móvil la canalización adoptada por
CONATEL, dejando la banda de frecuencias 18,8 a 19,3 GHz. exclusivamente
para los enlaces Espacio - Tierra de los servicios fijo por satélite no
geoestacionario (SFS NO-OSG)". Art. 3º Migrar todos
los enlaces terrestres existentes en la banda de frecuencias 18,8 a 19,3 GHz. (Espacio - Tierra), a otras frecuencias canalizadas por CONATEL.
Art. 4º Encomendar a la Gerencia de Radiocomunicaciones de CONATEL las
migraciones establecidas en el Art. 3°, conforme a la canalización de
CONATEL. Art. 5º Comunicar a quienes corresponda y
cumplido, archivar. ING. VÍCTOR A. BOGADO G.
Presidente del Directorio Art. 3º Suprimir la
canalización de Microondas en la Banda de 10 GHz., reservadas para
radioenlaces móviles de televisión.
Art. 4º Publicar en la Gaceta Oficial.
Art. 5º Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.
ING.
VÍCTOR A. BOGADO G.
Presidente del Directorio |