QUE
CREA LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA
EL CONGRESO DE
LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1o.-
Créase la Universidad
Iberoamericana, entidad privada que adecuará su funcionamiento a las
normas establecidas en la Ley No. 136 del 29 de marzo de 1993 "De
Universidades" y en la Ley No. 1264 del 26 de mayo de 1998 "General de
Educación".
Artículo 2o.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto
de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veintiocho días del mes
de diciembre del año dos mil, y por la Honorable Cámara de Diputados, a
ocho días del mes de mayo del año dos mil uno, quedando sancionado el
mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la
Constitución Nacional.
Cándido Carmelo
Vera Bejarano
Presidente
H. Cámara de
Diputados
Sonia Leonor Deleón Franco
Secretaria
Parlamentaria
Juan Roque Galeano
Villalba
Presidente
H. Cámara de
Senadores
Ilda Mayeregger
Secretaria
Parlamentaria
Asunción, 23
de mayo
de 2001
Téngase por Ley de la
República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la
República
Luis Angel
González Macchi
Darío Zárate
Arellano
Ministro de Educación
y Cultura
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