RESOLUCIÓN Nº 546/99
POR LA CUAL SE PRORROGA EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN Nº 227/99
"POR LA CUAL SE ESTABLECE UN RÉGIMEN TRANSITORIO DE APLICACIÓN DE LA SANCIÓN
POR CONTRAVENCIÓN POR DEUDAS PREEXISTENTES AL 31 DE DICIEMBRE DE 1.998"
Asunción, 1 de Diciembre de 1.999
VISTO: Lo dispuesto en el Artículo
1de la Resolución Nº 227 de fecha 24 de junio de 1.999 y las solicitudes de
prórrogas presentadas por los contribuyentes; y,
CONSIDERANDO: Que por razones de orden Administrativas, es necesario
prorrogar el plazo de vigencia previsto en la citada Resolución.
Que la Administración Tributaria se halla facultada para conceder prórrogas siempre
que se justifiquen las causas que impidan el cumplimiento normal de las obligaciones.
Que las argumentaciones expuestas, justifican la adopción de una medida administrativa
tendiente a facilitar el cumplimiento de las obligaciones formales, precautelando los
intereses fiscales, por lo que resulta conveniente prorrogar el plazo mencionado.
POR TANTO,
EL SUBSECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1º.- Prorroga: Prorrogar por última vez hasta el 20 de
Diciembre de 1.999 el plazo para el pago de deudas preexistentes por concepto de
infracción de contravención previsto en el Artículo
1º de la Resolución Nº 227/99.
Artículo 2º.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.
Niceto Coronel Velásquez
Subsecretario de Estado de Tributación
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