LEY Nº 951/96
FOMENTO DE LA EDUCACIÓN AMBIENTAL POR MEDIO DE
UN CONCURSO PARA SELECCIONAR SÍMBOLOS AMBIENTALES.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Los Gobiernos
Departamentales de la República fomentarán la educación ambiental y el
respeto a la naturaleza, a través de un concurso estudiantil, cuyo
objeto será el de seleccionar símbolos ambientales.
Artículo 2º.- A los fines establecidos
en el artículo 1º de esta Ley, la elección de estos símbolos típicos se
hará por concurso en las escuelas y colegios de los departamentos, bajo
la supervisión del Gobierno Departamental.
Artículo 3º.- Los recursos necesarios
para la adopción de las medidas establecidas en los artículos
anteriores, provendrán de los recursos propios de cada gobernación y de
los aportes y donaciones recibidos para el efecto.
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de
Diputados, a dieciocho días del mes de junio del año un mil novecientos
noventa y seis, y por la Honorable Cámara de Senadores, sancionándose la
Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 207, numeral 2 de la
Constitución Nacional, a veintidós días del mes de agosto del año un mil
novecientos noventa y seis.
Atilio Martínez Casado
Presidente
H. Cámara de Diputados
Miguel Abdón Saguier
Presidente
H. Cámara de Senadores
Nelson Javier Vera Villar
Secretario
Parlamentario
Antonia Núñez de López
Secretaria
Parlamentaria
Asunción, 4 de septiembre de 1996.
Téngase por Ley de la República, publíquese e
insértese en el Registro Oficial.
Juan Carlos Wasmosy
Presidente
de la República
Juan Manuel Morales
Ministro
del Interior
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