LEY
Nº
1.029/96
QUE AUTORIZA
AL CONSEJO NACIONAL DE LA VIVIENDA (CONAVI), DENTRO DEL MARCO DE LA LEY Nº
888/96 Y AL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN DE ASENTAMIENTOS EN MUNICIPIOS, A DAR
SOLUCIÓN A PROBLEMAS HABITACIONALES
EL
CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo
1º.- El Consejo Nacional de la Vivienda y el
Programa de Regularización de Asentamientos en Municipios darán solución
habitacional a los afectados del Barrio Ricardo Brugada lugar denominado "Pelopincho",
dentro del Programa de Subsidio Habitacional Directo dentro de la categoría Nº 5
que corresponde al 75% de subsidio y el 25% que corresponderá al aporte del
Programa de Regularización de Asentamientos en Municipios.
Artículo
2º.- El Programa de Regularización de
Asentamientos en Municipios podrá adquirir en Asunción los inmuebles en los
cuales se hallan ubicados los asentamientos denominados "Virgen del Rosario" y
"Stella Maris", del barrio Itá Enramada, de conformidad con lo establecido en
los reglamentos de funcionamiento del Programa de Regularización de
Asentamientos en Municipios.
Artículo
3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por
la Honorable Cámara de Diputados, a veintiocho días del mes de Noviembre del año
un mil novecientos noventa y seis, y por la Honorable Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, a veinte días del mes de Diciembre del año un mil
novecientos noventa y seis.
Atilio
Martínez Casado Miguel Abdón Saguier
Presidente Presidente
H. Cámara de
Diputados H. Cámara de Senadores
Edgar
Miguel Ramírez Cabrera
Víctor Sánchez Villagra
Secretario
Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, 30 de diciembre
de 1996 .-
Téngase
por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El
Presidente de la República
Juan Carlos
Wasmosy
Luis Vera
Cañisa
Viceministro
de Administración Financiera
Sustituto Ministro de Hacienda
|