LEY Nº 659/95 QUE APRUEBA EL ACUERDO POR EL CUAL LA
REPUBLICA DEL PARAGUAY OTORGA A LA REPUBLICA DE BOLIVIA UN DEPOSITO
FRANCO Y ÁREA DE ALMACENAMIENTO LIBRE EL CONGRESO DE LA NACIÓN
PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Apruébase el ACUERDO POR EL CUAL LA
REPUBLICA DEL PARAGUAY OTORGA A LA REPUBLICA DE BOLIVIA UN DEPOSITO
FRANCO Y AREA DE ALMACENAMIENTO LIBRE, formalizado a través de la Nota Reversal Nº 4, de fecha 15 de Marzo de 1994, cuyo texto es como sigue:
Asunción, 15 de Marzo de 1994
"N.R. Nº 4/94
Señor Ministro:
Tengo el agrado de dirigirme a Vuestra Excelencia, en
ocasión de acusar recibo de su nota SERIC-SPE-DGA-339/94 de fecha 15 de
Marzo de 1994, cuyo texto es como sigue:
"Señor Ministro:
Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia,
para proponerle en nombre del Gobierno de Bolivia, complementar las
Notas Reversales intercambiadas el 3 de Junio de 1990, mediante las
cuales la República del Paraguay otorga a la República de Bolivia un
Depósito Franco y Area de Almacenamiento Libre en el Puerto de Villeta.
El objetivo de este Acuerdo será facilitar,
fortalecer y ampliar el comercio bilateral, mediante normas específicas
que a continuación se detallan:
1. El Depósito Franco y Area de Almacenamiento Libre
concedido por la República del Paraguay a la República de Bolivia en el
Puerto de Villeta, prestará servicios para carga boliviana en tránsito,
así como para carga de origen boliviano con destino al Paraguay y para
carga de origen paraguayo con destino a Bolivia.
2. La carga boliviana podrá ingresar al Depósito
Franco y Area de Almacenamiento Libre, por cualquier medio de
transporte.
3. La mercancía de origen boliviano que ingrese al
Depósito Franco y Area de Almacenamiento Libre, con destino al mercado
paraguayo, deberá cumplir con las disposiciones arancelarias del
Paraguay.
La carga de origen paraguayo con destino al mercado
boliviano deberá cumplir con las disposiciones arancelarias de Bolivia.
4. La República de Bolivia ofrece, por su parte, a la
República del Paraguay un Depósito Franco y Area de Almacenamiento Libre
en zona a ser determinada oportunamente, en las mismas condiciones que
las concedidas por el Gobierno del Paraguay a Bolivia.
Si los términos de esta propuesta cuentan con la
aprobación del Gobierno de Vuestra Excelencia, la presente Nota y la
Nota de respuesta del mismo tenor y fecha, constituirán un Acuerdo entre
nuestros Gobiernos que entrará en vigencia una vez que las Partes se
hayan comunicado el cumplimiento de los requisitos legales vigentes en
cada una de ellas.
Hago propicia la oportunidad para renovar a Vuestra
Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.
Fdo.: Antonio Aranibar Quiroga, Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto de la República de Bolivia."
En respuesta, me es grato transmitir a Vuestra
Excelencia la conformidad del Gobierno de mi país con el texto de la
Nota precedentemente transcrita y por consiguiente, la misma y la
presente Nota constituyen un Acuerdo entre nuestros Gobiernos, que
entrará en vigencia una vez que las Partes se hayan comunicado el
cumplimiento de los requisitos legales vigentes en cada una de ellas.
Hago propicia la oportunidad para renovar a Vuestra
Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.
Fdo.: Luis María Ramírez Boettner, Ministro de
Relaciones Exteriores de la República del Paraguay."
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el
veintinueve de junio del año un mil novecientos noventa y cinco y por la
Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el dieciséis de
agosto del año un mil novecientos noventa y cinco.
Juan
Carlos Ramírez Montalbetti
Milciades Rafael Casabianca
Presidente
Presidente
H. Cámara de
Diputados
H. Cámara de Senadores
Heinrich Ratzlaff Epp
Artemio Castillo
Secretario
Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, 31 de Agosto de 1995
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Luis María Ramírez Boettner
Ministro de Relaciones
Exteriores
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