RESOLUCIÓN Nº
49/93
AUTORIZA LA TRANSACCIÓN BURSÁTIL DE CERTIFICADOS
DE DEPÓSITOS DE AHORRO (CDA)
ASUNCIÓN,
8 de Octubre de 1993
VISTOS: La Ley Nº 94/91 del Mercado de Capitales, la Ley N° 210/93 de Incentivos
Fiscales y el Decreto Reglamentario N° 13.467/92 del Ministerio de Industria y
Comercio, las Resoluciones N° 1, Acta N° 100 del 19/06/1989, N° 1, Acta N° 157
del 1°/11/1989 y N° 188 del 8/10/1993 del banco Central del Paraguay y,
CONSIDERANDO:
Que el Banco Central del Paraguay ha ampliado los plazos de los Certificados de
Depósitos de Ahorro, los cuales pueden ser negociados libremente en el mercado
de dinero y de valores.
Que dichos instrumentos financieros pueden ser
negociados en el mercado secundario, dando liquidez y transparencia a las
operaciones que se realicen con los mismos, si es que éstos se transan en bolsa.
Que uno de los objetivos de esta Comisión es
velar para que las transacciones de valores de oferta pública se realicen en
mercados debidamente autorizados con la finalidad de proteger la fe pública.
POR TANTO, el Consejo de Administración de la
Comisión Nacional de Valores, en uso de sus atribuciones legales,
RESUELVE:
1°.- AUTORIZAR la transacción bursátil de
los Certificados de depósitos de Ahorro (CDA) que sean emitidos por las
entidades del sistema financiero, en la forma dispuesta por las resoluciones
señaladas en los “Vistos” de esta Resolución.
2°.- ESTABLECER que las emisiones que se
hagan para dichos certificados no requerirá autorización previa de esta
Comisión. Lo anterior es sin perjuicio de los requisitos que exija la Bolsa de
Valores y Productos de Asunción S.A. conforme a sus reglamentaciones internas.
3°.- COMUNÍQUESE, publíquese en extracto,
remítase copia al Ministerio de Industria y Comercio, a la Superintendencia de
Bancos, a la Bolsa de Valores y Productos de Asunción S.A. y, archívese.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA COMISIÓN
HERMAN VELILLA GARCIA
Presidente
MIGUEL ANGEL ACOSTA
Miembro del Consejo
MARIO RUBEN CIBILS
Miembro del Consejo
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