RESOLUCIÓN Nº 56/92
POR LA CUAL SE EXTIENDE EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA REGULARIZACIÓN
TRIBUTARIA PREVISTA EN EL ART 262° DE LA LEY Nº 125/91
Asunción, 29 de Junio de 1992
VISTO: El Art. 268°
de la Ley Nº 125/91 por la cual se autoriza a la Administración a prorrogar el plazo
previsto en el Art. 262° de la
misma.
CONSIDERANDO: Que representantes de los diferentes sectores
empresariales del país han solicitado una extensión del plazo para presentarse a
regularizar su situación tributaria, dado que se han enfrentado con diferentes problemas
que han retrasado la determinación del monto a regularizar.
POR TANTO,
EL SUB SECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:
Articulo 1º.- VIGENCIA. Extiéndase la fecha de la vigencia
establecida en el Art. 262° de la
Ley Nº 125/91 para la regularización de los tributos administrados por la Sub
Secretaría de Estado de Tributación, hasta el día 17 de Julio de 1992.
Articulo 2º- Comunicar a quienes corresponda, y cumplido archivar.
Dr. Rubén Ramón Lovera
Sub Secretario de Estado de Tributación
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