RESOLUCIÓN N° 1.038/92
POR LA CUAL SE ESTABLECE UNA MODALIDAD PARA LA TAREA DE FISCALIZACIÓN
DE
CONTRIBUYENTES.
Asunción, 30 Noviembre de 1.992.-
VISTO Y CONSIDERANDO : La necesidad de establecer procedimientos
adecuados para la tarea de fiscalización de contribuyentes o cualquier informe que deben
efectuar los funcionarios de la Sub Secretaria de Estado de Tributación.
POR TANTO,
EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:
Articulo 1°- Los funcionarios designados para la fiscalización de
una empresa o que deben producir un informe sobre una tarea que se le encomienda, deberán
adecuar su actuación de acuerdo con las siguientes normas :
a) El fiscalizador deberá elaborar al final de cada día un informe detallado de los
trabajos realizados, aclarando los libros y demás documentos verificados con expresión
de la cantidad y las supuestas infracciones observadas, si las hubieren, o cualquier otro
dato de interés.
b) El informe señalado en el inciso anterior será presentado en la Mesa de Entradas
de la Sub Secretaria de Estado de Tributación al día siguiente de la fecha a que
corresponda dicho informe.
c) Si por motivo de distancia el reporte no puede ser presentado en el lugar señalado
en el inciso anterior, el mismo será remitido por Fax, o a falta de éste, una copia
será depositada en la Sucursal o Agencia de la Dirección General de Recaudación,
debiendo el encargado de esta Oficina recibirlos con constancia de día y hora, para
posteriormente y en la brevedad posible enviarlo en sobre cerrado a la Sub Secretaria de
Estado de Tributación.
Articulo 2°- Comunicar a quienes corresponda y archivar.
Juan José Díaz Pérez
Ministro
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