Asunción, 7 de febrero de 2001
VISTO: El propósito del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, a través del Gabinete del Viceministerio de Minas y Energía, en estudiar la factibilidad técnica y económica del Biodiesel; y
CONSIDERANDO: Que, es interés del Gobierno de la República del Paraguay impulsar dicho estudio inmerso en el contexto de la diversificación de las alternativas para el desarrollo sostenible;
Que, el Gobierno de la República del Paraguay reconoce al uso del Biodiesel como una oportunidad para el Paraguay de iniciar la reactivación económica con miras al desarrollo económico, social y ambiental;
POR TANTO, en ejercicio de sus facultades constitucionales,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Artículo 1º.- Créase el Grupo de Trabajo encargado de realizar el estudio de factibilidad técnica y económica del Biodiesel.
Artículo 2º.- Los señores Ministros de Hacienda, de Industria y Comercio, de Agricultura y Ganadería y el titular de la Secretaría Técnica de Planificación Económica, deberán designar un representante titular y otro alterno para conformar el Grupo de Trabajo, creado en virtud del artículo 1º del presente decreto.
Artículo 3º.- La coordinación del Grupo de Trabajo estará a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones a través del Gabinete del Viceministerio de Minas y Energía.
Artículo 4º.- El presente decreto refrendado por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.
El Presidente de la República
LUIS ANGEL GONZALEZ MACCHI
Walter Bower
Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones |