Morinigo & Asociados
Menu
  • Home
  • La Empresa
  • Informaciones útiles
  • Página Amigas
  • Contacto
Home>Informaciones útiles

 

 

 

LEY Nº 2.454/04

 

QUE MODIFICA  EL ARTÍCULO 26 DE LA LEY Nº 1.294/87 "ORGÁNICA MUNICIPAL"

 

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY

 

Artículo 1°.- Modificase el Artículo 26 de la Ley Nº 1.294 del 18 de diciembre de 1987 "ORGÁNICA

 

MUNICIPAL", cuyo texto queda redactado en los siguientes términos:

 

"Art. 26.- Las Juntas Municipales se compondrán:

 

en la Municipalidad de Asunción, de veinticuatro miembros titulares y veinticuatro suplentes;

 

en las municipalidades de las capitales departamentales y en las que se hallan comprendidas en los grupos primero y segundo establecidos en el Artículo 10 de esta Ley, de doce miembros titulares y doce suplentes; y,

 

en las municipalidades que se hallan comprendidas en los grupos tercero y cuarto, de nueve miembros titulares y nueve suplentes".

 

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a trece días del mes de mayo del año dos mil cuatro, y por la Honorable Cámara de Senadores, a  doce días del mes de agosto de año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

 

Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel Carrizosa Galiano
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
   
Osvaldo Ramón Ferrás Morel Mirtha Vergara de Franco
Secretario Parlamentario Secretaria Parlamentaria

 

Asunción, 7 de setiembre de 2004

 

El Presidente de la República

NICANOR DUARTE FRUTOS

 

Orlando Fiorotto Sánchez

Ministro del Interior

 

®2009-2013 Morinigo & Asociados. Valois Rivarola 807 c/Washington, Asunción-Paraguay.
Telefax: (+595 21) 220 011 - 226 467 |
email: recepcion@morinigoyasociados.com
Desarrollo: Armoa Soluciones Web
WebMail | StatCounter