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Laborales - Sector Privado
Cronológico 2001

DECRETO Nº 14.819/01

POR EL CUAL SE ESTABLECE EXONERACIÓN DE LAS MULTAS PREVISTAS EN EL DECRETO Nº 10.047/95, PARA INSCRIPCIONES TARDÍAS, EN EL REGISTRO PATRONAL Y PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PLANILLAS SEMESTRALES FUERA DE LOS PLAZOS PREVISTOS

Asunción, 1 de octubre de 2.001 

VISTA: La nota del Ministerio de Justicia y Trabajo, en la cual solicita una exoneración total de las multas a los empleadores; y 

CONSIDERANDO: Que los artículos 5° y 11° del Decreto N° 10.047 de fecha 8 de agosto de 1.995, establecen sanciones de multas a los empleadores que se inscriben con atraso, y a la presentación fuera de los plazos previstos, ante la Autoridad Administrativa del Trabajo de la planillas semestrales; 

Que la crisis económica por la que atraviesa la República y el propósito de regularizar la situación de los empleadores y sus trabajadores con la inscripción en e! Registro Patronal y la presentación de planillas semestrales en tiempo en la Dirección General del Trabajo, dependiente del Viceministerio de Trabajo y Seguridad Social, ameritan la exoneración de las multas en un 100% hasta el 30 de noviembre de 2.001. 

POR TANTO, en ejercicio de sus facultades constitucionales, 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY 

DECRETA: 

Art. 1°.- Establecer por única vez, una reducción del 100% (cien por ciento) de la multa para todos los empleadores de la República, en los casos de incumplimientos de los Artículos 5° y 11° del Decreto 10.047/95, para las inscripciones en forma tardía en el Registro Patronal y para la presentación de las planillas hasta el primer semestre del 2.001. 

Art. 2°.- La exoneración mencionada en el Articulo anterior rige a partir del 3 de setiembre del año en curso hasta el 30 de noviembre del 2.001. 

Art. 3°.- Recibir las Inscripciones Patronales de oficio en el plazo mencionado. 

Art. 4".- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Justicia y Trabajo. 

Art. 5°.- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.

El Presidente de la República

Luis Ángel González Macchi 

 

Silvio Ferreira

Ministro de Justicia y Trabajo

 


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