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Derogado por la Resolución Nº 763/04

RESOLUCIÓN N° 247/96

 

ESTABLECE NUEVOS LIMITES SOBRE EFECTIVA COTIZACIÓN Y NEGOCIACIÓN DE ACCIONES EN LA BOLSA DE VALORES'. (ART. 45 LEY N° 94/91).-

 

Asunción, 22 de mayo de 1996 .

 

VISTOS: Las Leyes Nros. 94/91, 210/93, 548/95 el Decreto N° 13.467/92 y las Resoluciones CNV Nros. 95/94, 111/94 y 246/96, y ;

 

CONSIDERANDO:

 

1) La necesidad y conveniencia de determinar nuevos criterios para la calificación como "efectiva cotización y negociación de sus acciones en la Bolsa de Valores" (Art. 45 Ley N9 94/91) por las Sociedades Anónimas Emisoras de Capital Abierto;

 

2) Que dicha determinación debe contemplar tanto la realidad del mercado de la situación económica y financiera del país y de las propias empresas afectadas, como el interés del Estado, que se manifiesta en el importante incentivo fiscal acordado por las Leyes Nros. 210/93 y 548/95 en favor de las Sociedades Anónimas Emisoras de Capital Abierto;

 

3) Que el modesto desarrollo alcanzado por el incipiente mercado de valores señala por un lado la conveniencia de descomprimir en el tiempo la exigencia a las empresas de una mayor presencia de sus acciones en las ruedas bursátiles y por el otro la necesidad de afectarlas según su tamaño;

 

4) La propuesta contenida en la nota de la Bolsa de Valores y Productos de Asunción S.A. de fecha 10 de mayo de 1996, en lo que es pertinente y aceptable respecto al tema;

 

POR TANTO, el Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Valores en uso de sus atribuciones legales,

 

RESUELVE:

 

1°.- Las Sociedades Anónimas Emisoras de Capital Abierto deberán cotizar. y negociar sus acciones en la Bolsa de Valores - mercado primario y/o secundario- en por lo menos una rueda al mes y por un monto trimestral no inferior al 1,5 % de su capital integrado.

 

2°.-  Cuando por la aplicación de este porcentaje al capital integrado resulte un monto superior a G. 100.000.000- (Guaraníes Cien millones) el monto de negociación del trimestre deberá ser como mínimo de G. 100.000.000 -(Guaraníes Cien millones ).

 

3°.- Comuníquese a quienes corresponde y cumplido. archívese.-

 

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA COMISIÓN

 

FDO:   HERMAN VELILLA GARCÍA, Presidente

MARIO RUBÉN CIBILS, Miembro del Consejo

MIGUEL ÁNGEL ACOSTA,  Miembro del Consejo

EXPIDIO PALACIOS, Miembro del Consejo

 

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