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Derogado por la Resolución Nº 763/04

RESOLUCIÓN N° 150/95

 

AUTORIZA LA TRANSACCIÓN BURSÁTIL DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITOS DE AHORRO (CDA) EN MONEDA LOCAL y EXTRANJERA

 

Asunción, 22 de agosto de 1995

 

VISTOS: La Ley N° 94/91, la Ley N° 210/93, la Resolución N° 3, acta N° 123 del 6 de julio de 1995, del Directorio del Banco Central del Paraguay, que deja sin efecto la Resolución N° 1, Acta N° 73 del 7 de julio de 1994, y el Decreto Reglamentario N° 13.467 MIC y,

 

CONSIDERANDO: Que, por Resolución N° 49/93 del 8 de octubre de 1993 de la Comisión Nacional de Valores, se autorizó la transacción bursátil de los Certificados de Depósitos de Ahorro (CDA) en moneda nacional.

 

Que, la aludida reciente Resolución del Directorio del Banco Central del Paraguay que autoriza a bancos y empresas financieras la emisión de Certificados de Depósitos de Ahorro en moneda extranjera representa un significativo avance en el proceso de profundización financiera con activos de mediano y largo plazo.

 

Que, la medida establece incentivos especiales en forma de reducción creciente del encaje legal sobre la captación de depósitos a mayor plazo, en moneda local y en moneda extranjera.

 

Que corresponde acordar el mismo tratamiento para la negociación bursátil de los nuevos instrumentos a ser emitidos por bancos y empresas financieras.

 

POR TANTO, el Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Valores, en uso de sus atribuciones legales,

 

RESUELVE:

 

1°.- AUTORIZAR la transacción bursátil de los Certificados de Depósitos de Ahorro (CDA) en moneda local y extranjera que emitirán los bancos y las empresas financieras de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 3, Acta N° 123 del 26 de julio de 1995, del Directorio del Banco Central del Paraguay.

 

2°.- ESTABLECER, que las emisiones que se hagan de dichos Certificados y de los ya autorizados con anterioridad, Certificados de Depósitos de Ahorro (CDA) a 180 y más días, y los Certificados Bursátiles (CB) a dos o más años, no requerirán autorización previa de esta Comisión.

 

3°.- DEJAR sin efecto la Resolución N° 142/95 del 6 de junio de 1995 de la Comisión Nacional de Valores.

 

4°.- COMUNÍQUESE, publíquese, remítase copia a quienes corresponda y cumplido, archívese.

 

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA COMISIÓN

 

HERMAN VELILLA GARCIA, Presidente

MIGUEL ÁNGEL ACOSTA, Miembro del Consejo

MARIO RUBEN CIBILS, Miembro del Consejo

EXPIDIO PALACIOS, Miembro del Consejo

 

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