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RESOLUCI�N N� 165/94

 

POR LA CUAL SE PRORROGA EL PLAZO PARA PRESENTAR LOS RECAUDOS EXIGIDOS POR LOS ART�CULOS 1� Y 2� DE LA RESOLUCI�N N� 178 DE FECHA 16 DE DICIEMBRE DE 1992.

 

Asunci�n, 27 de Abril de 1994.

 

VISTO: El Art. 189� de la Ley N� 125/91 modificada por el Art. 1� de la Ley N� 170/93 y las Resoluciones N 49� y 178� del a�o 1992; y,

 

CONSIDERANDO: Que es necesario por razones de una sana pol�tica tributaria extender el plazo establecido para la presentaci�n del Balance Impositivo y el Cuadro Demostrativo de Reval�o y Depreciaciones, previsto en los Arts. 1� y 2� de la Resoluci�n N� 178 de fecha 16 de Diciembre de 1992.

 

Que el presente acto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N� 125/91.

 

POR TANTO,

 

EL SUBSECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACI�N

 

RESUELVE:

 

Articulo 1�.- PR�RROGA. Prorr�gase hasta el 13 de Mayo de 1994 el plazo para la presentaci�n de los recaudos exigidos en los Arts. 1� y 2� de la Resoluci�n N� 178 de fecha 16 de Diciembre de 1992, relativo al Balance Impositivo y el Cuadro Demostrativo de Reval�o y Depreciaciones correspondiente al a�o 1993.

 

La presente normativa, no implica pr�rroga para la presentaci�n de la declaraci�n jurada del Impuesto a la Renta y su pago.

 

Vencido el plazo prorrogado mediante esta Resoluci�n, se aplicar� la sanci�n contemplada en el Art. 176� de la Ley N� 125/91.

 

Articulo 2�.- Publ�quese, comun�quese a quienes corresponda y cumplido arch�vese.

 

Dr. Carlos Sosa Jovellanos

Sub Secretario de Estado de Tributaci�n

 

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