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Cronológico 1993

RESOLUCIÓN Nº 106/93

POR LA CUAL SE ESTABLECE LA RENTA PRESUNTA DE LAS EMPRESAS QUE PRESTAN SERVICIOS DE CONSULTARÍA DE OBRAS EN ENTIDADES BINACIONALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 1993

Asunción, 21 de mayo de 1993

VISTO: El Art. 11 de la ley 125/91 y la resolución Nº 109/92

CONSIDERANDO: Que las características de la actividad que realizan las empresas que prestan servicios de consultaría de obras en entidades binacionales, hacen dificultosas la determinación de la renta neta fiscal en base a la contabilidad de las mismas.

Que se consideren conveniente establecer una renta neta presunta a los efectos de la liquidación del impuesto a la renta del ejercicio 1993.

POR TANTO.

EL SUBSECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN

RESUELVE:

Art. 1º. - RENTA PRESUNTA.  A los efectos de la liquidación del impuesto a la renta correspondiente al capitulo I del libro I de la Ley Nº 125/91, las empresas que presten servicios de consultaría de obras en entidades binacionales, podrán determinar la renta Neta presunta aplicando el porcentaje del 15% (Quince por ciento) sobre el total de los ingresos netos devengados en el ejercicio fiscal. La presente disposición será aplicable únicamente para el ejercicio fiscal 1993  POR LA CUAL, SE ESTABLECE LA RENTA PRESUNTA DE LAS EMPRESAS QUE PRESTAN  SERVICIOS DE CONSULTARÍA DE OBRAS EN ENTIDADES BINACIONALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 1993.

Art. 2º. - Publíquese, comuníquese a quienes corresponda y cumplido archivarse.

Dr. Rubén Ramón Lovera

Sub Secretario de Estado de Tributación

 

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