LEY
N� 262/93
QUE
APRUEBA EL ACUERDO SUSCRITO POR CANJE DE NOTAS REVERSALES, ENTRE EL GOBIERNO DE
LA REP�BLICA DEL PARAGUAY Y EL GOBIERNO DE LA REP�BLICA ARGENTINA, SOBRE EL R�O
PILCOMAYO
EL CONGRESO DE LA NACI�N
PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Art�culo
1�.- Apru�base el
Acuerdo suscrito por Canje de Notas Reversales, entre el Gobierno de la Rep�blica
del Paraguay y el Gobierno de la Rep�blica Argentina, sobre el R�o Pilcomayo,
en Asunci�n el 14 de Agosto de 1993, y cuyo texto es como sigue:
Asunci�n, 14 de Agosto de
1993
N.R. No. 9
Se�or Ministro:
Tengo
el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia en relaci�n con lo convenido en el
Acta del 20 de abril de 1993, marco dentro del cual se celebraron Reuniones
Bipartitas de car�cter t�cnico que produjeron recomendaciones que fueron
consignadas en el Acta del d�a 27 de julio pr�ximo pasado, cuyo texto - que
incluye los acuerdos a que hemos arribado con Vuestra Excelencia - acompa�a a
la presente.
El
Gobierno de la Rep�blica del Paraguay ha considerado y aceptado las propuestas
formuladas, que contienen recomendaciones sobre Puntos Cr�ticos, Sistema
Interceptor y Correcciones en el Desv�o del R�o.
En
opini�n del Gobierno paraguayo, las correcciones sugeridas en el desv�o del r�o
constituyen una alternativa v�lida para subsanar, en el corto plazo, los
efectos no queridos de la experiencia de colmataci�n controlada y para asegurar
la distribuci�n igualitaria y equitativa del caudal del r�o.
En
el mediano plazo, el sistema interceptor recomendado, tambi�n constituye, en
opini�n del Gobierno paraguayo, un mecanismo apto para lograr los mismos fines.
A este respecto, el Gobierno de mi pa�s propone la gesti�n conjunta de
financiamiento internacional para la realizaci�n de las obras hidr�ulicas que
tienen por objeto recoger las aguas desbordadas del R�o Pilcomayo, en el lugar
que se ha determinado de com�n acuerdo.
En
consecuencia tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia, en nombre del
Gobierno Paraguayo la adopci�n de las recomendaciones formuladas por la Comisi�n
Bilateral T�cnica Paraguayo - Argentina de la Baja Cuenca del R�o Pilcomayo,
contenidas en la versi�n final ampliada del Acta de la Reuni�n celebrada en
Buenos Aires los d�as 26 y 27 de julio de 1993.
Si
lo antes expuesto fuera aceptable para el Gobierno de la Rep�blica Argentina,
esta nota y la respuesta de Vuestra Excelencia de igual tenor y misma fecha
constituir�n un Acuerdo entre nuestros Gobiernos.
Hago
propicia esta oportunidad para renovar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi
m�s distinguida consideraci�n.
FDO.:
Por el Gobierno de la Rep�blica del Paraguay,
ALEXIS
FRUTOS VAESKEN, Ministro de Relaciones Exteriores.
A su Excelencia
Ing. GUIDO DI TELLA
Ministro de Relaciones
Exteriores-Comercio Internacional
y Culto de la Rep�blica
Argentina
Presente
Buenos Aires, 14 de agosto
de 1993
SE�OR MINISTRO:
Tengo
el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia en relaci�n con lo convenido en el
Acta del 20 de abril de 1993, marco dentro del cual se celebraron Reuniones
Bipartitas de car�cter t�cnico que produjeron recomendaciones que fueron
consignadas en el Acta del d�a 27 de julio pr�ximo pasado, cuyo texto - que
incluye los acuerdos a que hemos arribado con Vuestra Excelencia- acompa�a a la
presente.
El
Gobierno de la Rep�blica Argentina ha considerado y aceptado las propuestas
formuladas, que contienen recomendaciones sobre Puntos Cr�ticos. Sistema
Interceptor y Correcciones en el Desv�o del R�o.
En
opini�n del Gobierno argentino, las correcciones sugeridas en el desv�o del r�o
constituyen una alternativa v�lida para subsanar, en el corto plazo, los
efectos no queridos de la experiencia de colmataci�n controlada y para asegurar
la distribuci�n igualitaria y equitativa del caudal del r�o.
En
el mediano plazo, el sistema interceptor recomendado tambi�n constituye, en
opini�n del Gobierno argentino, un mecanismo apto para lograr los mismos fines.
A este respecto, el Gobierno de mi pa�s propone la gesti�n conjunta de
financiamiento internacional para la realizaci�n de las obras hidr�ulicas que
tienen por objeto recoger las aguas desbordadas del R�o Pilcomayo, en el lugar
que se ha determinado de com�n acuerdo.
En
consecuencia tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia, en nombre del
Gobierno Argentino la adopci�n de las recomendaciones formuladas por la Comisi�n
Bilateral T�cnica Argentino-Paraguaya de la Baja Cuenca del R�o Pilcomayo,
contenidas en la versi�n final ampliada del Acta de la Reuni�n celebrada en
Buenos Aires los d�as 26 y 27 de julio de 1993.
Si
lo antes expuesto fuera aceptable para el Gobierno de la Rep�blica del
Paraguay, esta nota y la respuesta de Vuestra Excelencia de igual tenor y misma
fecha constituir�n un Acuerdo entre nuestros Gobiernos.
Hago
propicia esta oportunidad para renovar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi
m�s distinguida consideraci�n.
FDO.:
Por el Gobierno de la Rep�blica Argentina,
GUIDO
DI TELLA, Ministro de Relaciones Exteriores-Comercio Internacional y Culto.
A S.E.
El Se�or Ministro de
Relaciones Exteriores de la
Rep�blica del Paraguay
Doctor ALEXIS FRUTOS
VAESKEN
ACTA
En
la ciudad de Buenos Aires, entre los d�as 26 y 27 de julio de 1993, se celebr�
en el local del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y
Culto de la Rep�blica Argentina, una reuni�n de la Comisi�n Bilateral T�cnica
Argentino-Paraguaya de la Baja Cuenca del R�o Pilcomayo en el marco del Acta
suscripta entre los Gobiernos de Argentina y Paraguay el 20 de abril de 1993.
La
n�mina de participantes se agrega como Anexo I.
La
agenda incluy� los siguientes temas:
I.
Puntos cr�ticos
II.
Sistema interceptor
III.
Correcci�n en el Desv�o del R�o.
Sobre
dicho temario la Comisi�n Bilateral T�cnica Argentino-Paraguaya de la Baja
Cuenca del R�o Pilcomayo formula a los Gobiernos las siguientes
recomendaciones:
I. PUNTOS CR�TICOS
A. Introducci�n
Se
entiende por puntos cr�ticos, aquellos puntos del r�o, donde el mismo tendr�a
la tendencia de desviarse bruscamente, tomando un nuevo cauce, ubicado
enteramente en territorio paraguayo o en territorio argentino, afectando
seriamente, en consecuencia, la situaci�n de los territorios situados aguas
abajo. La situaci�n adquiere mayor gravedad dado que los cambios de curso
imposibilitar�an el funcionamiento de un sistema interceptor que recogiera las
aguas y las distribuyera a ambas m�rgenes.
Se
ha constatado la existencia de estos puntos cr�ticos en el curso actual del r�o
Pilcomayo, ubicados, el primero a 15 Km, aguas arriba del actual taponamiento
del cauce y el otro a 20 Km, aguas arriba del punto trifinio fuera del
territorio paraguayo y en la frontera entre la Provincia de Salta y la Rep�blica
de Bolivia.
El
primero de ellos provocar�a que el r�o recomponga su cauce enteramente en
territorio paraguayo, retomando un viejo cauce que lo conectar�a con el sistema
Monte Lindo-Negro. El segundo de ellos har�a que el r�o se desv�e hacia el
sur penetrando profundamente en territorio argentino siguiendo un curso que
pasar�a por las cercan�as de Palmar Largo.
B. Propuestas
En
este sentido, ambos pa�ses se comprometen a:
1.
Iniciar inmediatamente los estudios de campo necesarios para dise�ar las obras
de protecci�n correspondientes.
2.
Prever que las obras para tal efecto suponen la construcci�n de espigones
dentro del cauce y diques laterales debidamente protegidos contra la erosi�n, a
la altura de los albardones y eventuales cortes de meandros.
II. SISTEMA INTERCEPTOR
A.
Introducci�n
Se
entiende por sistema interceptor un conjunto de obras hidr�ulicas que tienen
por objeto recoger todas las aguas desbordadas del r�o Pilcomayo en un punto
aparentemente favorable, detectado a 60 Km. aguas abajo del actual taponamiento,
desde donde se puedan repartir igualitaria y equitativamente entre ambos pa�ses.
Al mismo tiempo servir�a para recibir los sedimentos transportados fuera del
cauce.
Este
sistema garantizar�a una flexibilidad en las intervenciones sobre el cauce ya
que cualquiera sea el desbalance del desborde entre los territorios ser�a
compensado dentro del sistema.
El
sistema estar� compuesto por:
1.
Un dique interceptor con dos vertederos, uno en cada territorio, que asegurar�an
una partici�n igualitaria y equitativa y controlada de los caudales, tanto del
r�gimen de crecidas como de aguas bajas.
2.
Tomas de agua en forma de amplios canales, ubicados inmediatamente aguas arriba
del taponamiento, que conducir�an las aguas de desborde con velocidad
suficiente, por encima de la de deposici�n de sedimentos. De esta manera, se
asegurar�a que los sedimentos no queden mayoritariamente dentro del cauce y se
aten�e, en consecuencia, el retroceso del mismo.
3.
Cortes del cauce colmatado para intercomunicar ambas superficies de embalse,
para asegurar un frente �nico y un mismo nivel de agua a la altura de los
vertederos.
4.
Endicamientos laterales en el per�metro del �rea abarcada por el sistema,
donde fuere necesario para evitar posibles lugares de fuga de agua fuera del
sistema.
B. Propuesta
Al
respecto, ambos pa�ses se comprometen a:
1.
Encargar inmediatamente los estudios (levantamientos topogr�ficos y
aerofotogram�tricos, investigaciones geot�cnicas) necesarios para definir la
factibilidad t�cnico-econ�mica de la obra.
2.
Determinada la factibilidad del proyecto, ejecutar las obras en la brevedad
posible, sabiendo que los estudios de dise�o pueden estar terminados en el
presente a�o 1993 y que la construcci�n podr�a ejecutarse totalmente en un
per�odo entre crecidas (de abril a noviembre, de contarse con su respectivo
financiamiento).
3.
En caso que surjan otras posibilidades o el Proyecto no se considere factible,
la Comisi�n Bilateral T�cnica Paraguayo-Argentina se compromete a estudiar
soluciones que garanticen una distribuci�n igualitaria y equitativa de las
aguas y a atenuar el retroceso del r�o.
III. CORRECCIONES EN EL
DESV�O DEL R�O.
A. Introducci�n
Se
entiende por correcciones en el �rea de desv�o del r�o, las intervenciones
y/u obras hidr�ulicas, que deben realizarse inmediatamente a partir del 1 de
agosto de 1993 y entrar en funcionamiento antes de la pr�xima crecida. Estas
correcciones deben dise�arse para que cumplan los siguientes objetivos:
1.
Impedir que el r�o, como consecuencia de los efectos no queridos de la
experiencia de colmataci�n controlada, siga transfiriendo su cauce natural al
territorio argentino.
2.
Asegurar que el caudal de aguas medias y bajas se distribuya igualitaria y
equitativamente entre ambas partes.
3.
Permitir que las aguas de crecida tengan las mismas o similares condiciones de
ingreso en ambas m�rgenes en el tramo que va desde la bifurcaci�n actual hasta
la zona de taponamiento del a�o 1992, que se encuentra aproximadamente 8 km
aguas abajo de dicho sitio.
4.
Y finalmente, contribuir con estas obras a atenuar el efecto de retroceso del r�o.
B. Propuesta
Ambos
gobiernos se comprometen a realizar de manera inmediata las obras que a
continuaci�n se detallan:
1.
El Gobierno Argentino, proceder� a la construcci�n de una obra transversal de
control dentro del canal situado en el territorio argentino de manera de acotar
el ingreso de caudales a su territorio y contribuir a la estabilidad de las m�rgenes
en la zona de partici�n de las aguas. Esta obra partir� del nivel de los
albardones existentes donde se encontrar� suficientemente empotrada. Tendr� un
perfil escalonado de manera que cada nivel asegure una repartici�n igualitaria
y equitativa de las aguas conforme el rango de caudales que se presente. La cota
del umbral m�s bajo de esta obra ser� la que asegure el ingreso de caudales
equivalentes en ambos canales.
2.
El Gobierno del Paraguay abrir� un canal de toma cuya embocadura estar�
situada frente a la embocadura del canal argentino. Consistir� en un desmonte
de hasta 160 m de ancho con un canal piloto de 10 m de ancho y 3 m de
profundidad y un nivel de fondo de un metro por debajo del pelo de agua actual
correspondiente a una descarga de 40 m3/s en la Estaci�n de Aforos
de Misi�n Paz. Ello equivale a cota 197.00 m del relevamiento paraguayo sin
vinculaci�n altim�trica a los sistemas de nivelaci�n nacionales.
El
trazado del canal paraguayo ser� tal que aproveche al m�ximo la pendiente
natural del terreno y tendr� una longitud suficiente para llevar agua a zonas
de libre conducci�n natural y su nivel de umbral ser� confirmado por las
condiciones topogr�ficas constatadas durante la construcci�n de la obra.
3.
A los efectos de atenuar la velocidad de retroceso del cauce principal y
asimismo para facilitar el ingreso de las crecidas en territorios de ambas
partes, se realizar�n trabajos de limpieza de malezas, de acumulaci�n de ramas
en las salidas naturales existentes en el tramo de 8 km. aguas abajo de los
canales de desv�o actuales (ver numeral 3 de objetivos). Dicha limpieza podr�
realizarse mediante la quema, extracci�n con equipos mec�nicos, y/o combinaci�n
de ambas metodolog�as.
4.
Ambos Gobiernos fiscalizar�n las obras en forma conjunta y con libre
intercambio de datos t�cnicos de las mismas a trav�s de sus respectivas
Comisiones t�cnicas. Dichas obras ser�n dise�adas y ejecutadas de tal manera
que satisfagan en su naturaleza y en su secuencia a las reglas del arte.
5.
Estas obras, puestas en funcionamiento, se someter�n a controles y mediciones
hidr�ulicas para comprobar que las mismas cumplan los objetivos detallados en
el numeral A. De no ser as� se proceder� a realizar las correcciones menores
correspondientes tanto en las obras mencionadas, como en el cauce y en las m�rgenes
de aguas abajo de la bifurcaci�n para atender la situaci�n de aguas m�nimas.
6.
Luego de la crecida de verano de 1993-1994, se realizar�n las correcciones
necesarias de tal manera de mantener los objetivos establecidos en el punto A.
C. Observaciones.
En
las presentes recomendaciones se han tenido en cuenta las coincidencias
preliminares de los Expertos de la Misi�n de la Comunidad Econ�mica Europea,
en especial en los apartados I y II. Oportunamente se considerar� el Informe
Final de los expertos de la comunidad Econ�mica Europea y de la Federaci�n
Rusa, a cuyo fin la Comisi�n Bilateral se reunir� a esos efectos.
Se
deja constancia que las intervenciones del apartado III son de car�cter
provisorio y de emergencia y no garantizan necesariamente una igualitaria y
equitativa distribuci�n de las aguas, objetivo a ser conseguido
satisfactoriamente s�lo con lo propuesto en el numeral II.
Anexo
I
Por la Rep�blica
Argentina:
Ingeniero Julio Fossati,
Director Nacional de Recursos H�dricos del M.E.O. y S.P. y Director Nacional
del Proyecto Pilcomayo.
Ingeniero Horacio Zamb�n,
Director de Recursos H�dricos de la Provincia de Formosa y Director Alterno del
Proyecto Pilcomayo.
Ingeniero Haroldo Hopwood,
Instituto Nacional de Ciencia y Tecnolog�a H�drica.
Por la Rep�blica del
Paraguay:
Ingeniero Luis Meyer,
Director Nacional del Proyecto Pilcomayo.
Doctor Jos� Mar�a Fern�ndez,
Director General del Ministerio de Relaciones Exteriores y Miembro de la Comisi�n
Nacional del R�o Pilcomayo.
FDO.:
Por el Gobierno de la Rep�blica Argentina,
GUIDO
DI TELLA, Ministro de Relaciones Exteriores-Comercio Internacional y Culto.
FDO.:
Por el Gobierno de la Rep�blica del Paraguay,
ALEXIS
FRUTOS VAESKEN, Ministro de Relaciones Exteriores.
Art�culo
2o.- Comun�quese al
Poder Ejecutivo.
Aprobada
por la Honorable C�mara de Senadores el
veinte
y ocho de Octubre del a�o un mil novecientos noventa y tres y por la
Honorable C�mara de Diputados, sancion�ndose la Ley el
diez y seis de Noviembre del a�o un mil novecientos noventa y tres.
Francisco Jos� de Vargas
Evelio Fern�ndez Ar�valos
Presidente
Presidente
H.
C�mara de Diputados
H. C�mara de Senadores
Juan Jos� V�zquez V�zquez
Julio Rolando Elizeche
Secretario
Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunci�n, 29 de Noviembre de 1993.-
T�ngase por Ley de la Rep�blica,
publ�quese e ins�rtese en el Registro Oficial.
El
Presidente de la Rep�blica
Juan
Carlos Wasmosy
Di�genes
Mart�nez
Ministro de Relaciones Exteriores
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