RESOLUCI�N N� 85/92
POR LA CUAL SE ESTABLECEN PLAZOS PARA LIQUIDAR Y PAGAR EL IMPUESTO A LA
RENTA POR PARTE DE LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS.
Asunci�n, 29 de Julio de 1992.
VISTO: La Resoluci�n N� 55 del 29 de Junio de 1992, y
CONSIDERANDO: Que la referida Resoluci�n establece un r�gimen
especial de liquidaci�n para el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto a la Renta, para
quienes realizan el transporte de pasajeros urbano e intermunicipal de corta, media y
larga distancia.
Que es necesario establecer plazos para presentar la liquidaci�n y realizar el pago
del �ltimo impuesto mencionado.
POR TANTO,
EL SUB SECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACI�N
RESUELVE:
Art�culo 1�.- PLAZOS. Los
contribuyentes del Impuesto a la Renta comprendidos en la Resoluci�n N� 55/92, deber�n
presentar la declaraci�n jurada mensual correspondiente a la liquidaci�n del referido
impuesto en los plazos previstos en el inciso a) del Art.
2� de la Resoluci�n N� 49/92.
Art�culo 2�.- Comun�quese a
quienes corresponda y arch�vese.
Dr. Rub�n Ram�n Lovera
Sub Secretario de Estado de Tributaci�n
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