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RESOLUCIÓN Nº 56/92

 POR LA CUAL SE EXTIENDE EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA PREVISTA EN EL ART 262° DE LA LEY Nº 125/91

Asunción, 29 de Junio de 1992

VISTO: El Art. 268° de la Ley Nº 125/91 por la cual se autoriza a la Administración a prorrogar el plazo previsto en el Art. 262° de la misma.

CONSIDERANDO: Que representantes de los diferentes sectores empresariales del país han solicitado una extensión del plazo para presentarse a regularizar su situación tributaria, dado que se han enfrentado con diferentes problemas que han retrasado la determinación del monto a regularizar.

POR TANTO,

EL SUB SECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN

RESUELVE:

Articulo 1º.- VIGENCIA. Extiéndase la fecha de la vigencia establecida en el Art. 262° de la Ley Nº 125/91 para la regularización de los tributos administrados por la Sub Secretaría de Estado de Tributación, hasta el día 17 de Julio de 1992.

Articulo 2º- Comunicar a quienes corresponda, y cumplido archivar.

Dr. Rubén Ramón Lovera

Sub Secretario de Estado de Tributación

 

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